Cuando La Democracia esta Amenazada se Dan
Las medidas prontas de seguridad:
"Tomar medidas de pronta seguridad en los casos graves e imprevistos de ataque exterior o conmoción interior, dando cuenta dentro de las veinticuatro horas a la Asamblea General (...). En cuanto a las personas, las medidas prontas de seguridad sólo autorizan a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro del territorio, siempre que no optasen por salir de él. También esta medida como las otras, deberá someterse dentro de las veinticuatro horas a la Asamblea General. (...) El arresto no podrá efectuarse en locales destinados a la reclusión de delincuentes".
Artículo 168 de la Constitución.